Qué es la coeducación. Significado y camino recorrido

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¿Qué es la coeducación?

qué es la coeducación

La coeducación es un proceso de intervención educativa que se lleva a cabo de manera intencionada. Su finalidad es el desarrollo integral de todo el alumnado, sin límites o barreras establecidas por el género. Consiste principalmente en el fomento de la cooperación entre niñas y niños, el respeto por la individualidad y en evitar la reproducción del modelo de enseñanza únicamente masculino (Charo Muñoz Girón, 2009),

Según el ACUERDO de 2 de noviembre de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación. ( BOJA, nº 227 de 21 de Noviembre de 2005), la educación debe basarse en los siguientes principios.

Principios de la coeducación

1) Visibilidad – Mostrar las diferencias entre sexos, para facilitar el reconocimiento de las desigualdades y discriminaciones producidas por éstas. Se debe visibilizar a las mujeres a través de su contribución al desarrollo de las sociedades, a partir de un uso no discriminatorio del lenguaje, de la reflexión sobre las injusticias existentes por cuestión de género y la pervivencia de papeles sociales discriminatorios en función de sexo.

2) Transversalidad – Los principios de igualdad entre hombres y mujeres deben estar presentes en el conjunto de acciones políticas de las administraciones y centros educativos, de modo que se dé un enfoque transversal con respecto a la inclusión de la perspectiva de género en el global de las actuaciones que afecten directa o indirectamente a la comunidad.

3) Inclusión – Las medidas y actuaciones pedagógicas deben dirigirse al conjunto de la comunidad educativa. La educación en igualdad requiere una intervención en ambos sexos con el fin de corregir las desigualdades producidas por los papeles tradicionales estipulados por razón de género, orientada a conciliar intereses y crear relaciones de género más igualitarios.Teniendo estos principios en cuenta, se llega a la conclusión de que la coeducación se debe llevar a cabo a lo largo de todas las etapas educativas y debe ser introducida en el currículum como contenido transversal, estando así presente en todas las áreas y niveles educativos. Se debe realizar un proceso de análisis e intervención de los modelos educativos que perpetúan los estereotipos y roles de género. (SÁNCHEZ & RIZOS, 1992).

Tal y como explica Iratxe Suberviola Ovejas (2012), la coeducación supone un replanteamiento de todos los elementos implicados en el proceso de enseñanzaaprendizaje: objetivos, contenidos, competencias, criterios de evaluación, indicadores de logro, orientaciones metodológicas, lenguaje empleado, planteamiento de las actividades y materiales educativos, entre otros aspectos. Según la autora, de este replanteamiento debe surgir un programa pedagógico que incluya las siguientes
acciones.

Programa pedagógico: Acciones para la coeducación

  • Evitar actividades, planteamientos y fórmulas que permitan la discriminación por razón de sexo.
  • Fomentar el desarrollo individual de todo el alumnado, sin adjudicar cierta tareas o funciones según los estereotipos de género.
  • Prevenir formas sexistas del lenguaje y emplear un lenguaje inclusivo que incluya a toda la diversidad del alumnado.
  • Analizar las interacciones entre el alumnado dentro y fuera del aula, evitando prejuicios sexistas que adjudican diferentes actitudes y comportamientos a hombres y mujeres.
  • Visibilizar las contribuciones de las mujeres a la sociedad en diferentes ámbitos (ciencia, política, activismo…).
  • Analizar y seleccionar materiales didácticos que contribuyan a la eliminación de estereotipos sexistas, evitando aquellos que los reproduzcan y que ofrezcan una representación sesgada de la diversidad de actividades realizadas por ambos sexos.
  • Concienciar a toda la Comunidad Educativa y prevenir la transmisión de mensajes sexistas a través del currículo oculto.

La escuela, como formadora del futuro, es la institución con más potencial para la superación de los prejuicios y estereotipos sexistas y para la consecución de la igualdad de género. Desde los centros educativos se deben llevar a cabo acciones para transformar la realidad, como la revisión de los valores que rigen la institución y las actitudes que transmite; el análisis de contenidos y materiales con perspectiva de género; la equiparación de la importancia de las tareas y actividades tradicionalmente realizadas por la población femenina, con las realizadas por la masculina; la
compensación de las desigualdades, etc. Por su parte, el cuerpo docente debe estar plenamente concienciado de la desigualdad por cuestión de género y, como principal herramienta educativa, ha de hacerse cargo de integrar la coeducación en el aula como aspecto continuo del currículum, de modo que, como se ha explicitado anteriormente,
sea incluida en todas las etapas y a su vez en todas la áreas y modalidades educativas.

A su vez, el personal docente tiene que emplear en el aula un lenguaje no sexista, diseñar actividades y seleccionar materiales que eviten sesgos sexistas, entre otras prácticas coeducativas que se han expuesto anteriormente. En definitiva, la totalidad del Sistema Educativo debe participar en el desarrollo de la coeducación para conseguir la
igualdad real y efectiva en nuestra sociedad. (Suberviola Ovejas, Iratxe, 2012)

Desde la educación segregada, hasta la coeducación.

El término “coeducación” ha evolucionado significativamente con el paso del tiempo. En España, todo lo conseguido durante los últimos años del siglo XIX y los grandes avances en educación e igualdad que nos otorgó la II República, se desvanecieron con la dictadura de Francisco Franco (Amaia Alvarez-Uria, Gema Lasarte Leonet, Maria Teresa Vizcarra Morales, 2019). «Hubo que esperar a la llegada del régimen democrático y de la escuela comprensiva para proponer que niños y niñas se educaran bajo los valores de la igualdad, lo que se conoce como escuela mixta» (Calvo, Susinos, y García, 2011, p. 566).

Tomamos como punto de partida la Ley de Instrucción Pública, publicada el 9 de septiembre de 1857 y conocida como la Ley Moyano, la cual asentó las bases de la legislación educativa durante un largo periodo. Esta ley supuso un importante avance para la educación de la mujer. En primer lugar, porque reconocía, por primera vez, el derecho de las niñas a recibir una educación primaria, estableciendo su obligatoriedad para ambos sexos. (Laura Sánchez Blanco y José Luís Hernández Huerta, 2012). En segundo lugar, porque propuso la creación de las Escuelas Normales femeninas, reconociendo, de esta manera, la necesidad que formar pedagógicamente a las maestras. A pesar de todo, la educación femenina todavía se encontraba en una situación desigualitaria respecto a la masculina, dado que la ley asentaba las bases de la educación femenina en la tradicional división del trabajo mujeres-esfera privada/hombre-esfera pública. (GERALDINE M. SCANLON, 1987).

Décadas después, durante la II República, se dieron avances y transformaciones profundas, se diseñaron las bases de una escuela única, pública, laica y gratuita, un modelo de escuela mixta que reconocía la igualdad entre géneros. (Laura Sánchez Blanco y José Luís Hernández Huerta, 2012). Se fomentó la coeducación en los centros educativos, reconociendo a todo el alumnado, niñas y niños, como sujetos activos, que debían ser educados en igualdad (Ianni, 2008). Sin embargo, todos estos avances se perdieron con la llegada de la dictadura franquista, que supuso la vuelta a la escuela segregada, con currículum diferenciado para niños y niñas, según los estereotipos de género y las funciones que se le otorgaban a cada uno de ellos (Ballarín, 2006).

A partir de la La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, se promulga la educación mixta es las escuelas públicas, y esta se hace obligatoria a partir del curso 1984/1985. Esta reforma trajo consigo la igualdad formal en las escuelas públicas al incluir a ambos sexos en la misma institución.
No obstante, este nuevo paradigma educativo no implicaba la igualdad real, dado que el currículum que se impartía era el masculino, dejando en segundo plano el femenino (Codina, 2002). Es por esto, que la primera definición de «coeducación» era sinónima de escuela mixta, y a su vez antónima de escuela segregada; se trataba de la co-instrucción o la co-enseñanza de ambos sexos en las mismas aulas (Subirats, 1994). Es aquí donde surge la confusión de que la escuela mixta es suficiente, por sí sola, para conseguir la igualdad de género (Suberviola, 2012).

No obstante, conforme pasaban los años, las personas expertas en educación y en igualdad de género se dieron cuenta de que la simple unión de niños y niñas en una escuela conjunta no era suficiente para erradicar la desigualdad entre los sexos. Fue a partir de entonces cuando se comenzó a incidir en una educación igualitaria y surgieron tendencias pedagógicas que respetaban, valoraban y visibilizaban las diferencias entre el alumnado. (Amaia Alvarez-Uria, Gema Lasarte Leonet, Maria Teresa Vizcarra Morales, 2019). Así, como bien explica Marian Moreno (2013) “coeducar” pasó a ser sinónimo de “educar para la igualdad”, término que no debe confundirse con “escuela mixta”, dado que no es lo mismo, ni tienen los mismos resultados, juntar a niños y niñas en una misma institución educativa, que educar con la finalidad de conseguir la igualdad real y efectiva entre sexos. Ya que, como se ha mencionado en párrafos anteriores, la escuela mixta no eliminó el modelo educativo androcéntrico y continuaba excluyendo la cultura femenina del currículum y de los procedimientos educativos.

En 1990 llegó la LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de España), la cual dió un gran paso desde la igualdad formal, con la escuela mixta, hacia la igualdad real, ya que añadió la coeducación al currículum educativo como contenido transversal (Amaia Alvarez-Uria, Gema Lasarte Leonet, Maria Teresa Vizcarra Morales, 2019). La propia LOGSE recoge que el currículum: «permite avanzar en la lucha contra la discriminación y la desigualdad, sean éstas por razones de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, tengan un origen familiar o social o se arrastren tradicionalmente (…) puede y debe convertirse en un elemento decisivo para la superación de los estereotipos sociales asimilados a la diferenciación por sexos, empezando por la propia construcción y uso del lenguaje» (LOGSE, 1990).

La coeducación en la actualidad

Desde ese momento hasta la actualidad, no se han dado grandes pasos, a nivel legislativo, hacia la escuela coeduvativa, aún así, la LOE (Ley Orgánica de Educación) de 2006 expresa que los fines de la educación persiguen (Amaia Alvarez-Uria, Gema Lasarte Leonet, Maria Teresa Vizcarra Morales, 2019): «el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades afectivas del alumnado, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual, así como la valoración crítica de las desigualdades, que permita superar los comportamientos sexistas» (LOE, 2006).

La ley educativa en vigor, la LOMCE (Ley Orgánica de Mejoramiento de la Calidad Educativa) de 2013, habla sobre la prevención de la violencia de género y el fomento de la igualdad entre hombre y mujeres. No obstante, no incluye contenidos relacionados, ni que den paso ellos en el currículum que establece (Subirats, 2017).

Actualmente, se entiende por “coeducación” una educación no machista, no androcentrista y no sexista, que colabora con la superación de estereotipos sexistas y roles de género. Asimismo, se trata de una educación que lucha por acabar con la desigualdad y discriminación por razón de género que se reproduce en el sistema patriarcal en el que se desarrolla el alumnado (Amaia Alvarez-Uria, Gema Lasarte Leonet, Maria Teresa Vizcarra Morales, 2019).

Artículo escrito por  Irene Pomares.

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